B.O.  Numero 4              Viernes 30 de Julio del 2004                 Pág.. 1

 

 

I.                  Disposiciones Generales

 

GRAN MAGISTERIO

 

PROCEDIMIENTO DE INGRESO  

 

 

Artículo 1.-Proceso de ingreso

El ingreso en la Orden Bonaria puede producirse a propuesta de dos Caballeros o Damas de Justicia o a petición propia. En todo caso, los trámites deberán seguir el conducto reglamentado en este Decreto. 

 

Artículo 2.-Presentación por miembros de la Orden

1.Si al menos dos Caballeros o Damas de Justicia consideran que determinada persona está adornada de los principios cristianos y de la Caballería necesarios para su ingreso en la Orden y desea ser admitida en la misma, elevarán escrito formal a S. E. el Bailío proponiendo la apertura de expediente de ingreso.

2.Dicho escrito deberá exponer claramente los méritos por los que estiman que dicha persona es merecedora del honor de ingresar en  la Orden.

3.No podrá proponerse el ingreso de persona alguna que no haya mostrado su disposición favorable al mismo.

4.Una vez analizada la documentación aportada por los Caballeros o Damas de Justicia, S. E. el Bailío dará orden al Preceptor para iniciar el proceso de ingreso como se especifica en los siguientes artículos, sin que ello signifique compromiso alguno de aceptación para ninguna de las partes.

Artículo 3.-Petición propia

Cuando cualquier persona, siendo conocedora de la existencia y actuaciones de la Orden Bonaria, solicite su ingreso en la Orden, deberá hacerlo por escrito formal dirigido al Preceptor  para la correspondiente apertura de expediente.                                               

Artículo 4.-Procedimiento de ingreso

 

1.El proceso de ingreso constará de las cuatro Pruebas que se especifican a continuación. En cualquiera de dichas Pruebas puede quedar interrumpido el proceso, bien por expreso deseo del postulante, bien porque S. E. el Bailío estime, oído el Preceptor, improcedente el ingreso del aspirante.

2.Las tres primeras Pruebas no requerirán la presencia del postulante. Los impresos oficiales se acompañan en Anexo 1.

Prueba 1.-Se le remitirá por correo ordinario y en impreso oficial la siguiente documentación de formulario para ser cumplimentada:

-Carta de solicitud de Ingreso.

-Contenido del Curriculum vitae.

Prueba 2.-Una vez recibida la documentación de la anterior Prueba 1 y considerada superada la misma, se le remitirá como la vez anterior la siguiente documentación para ser cumplimentada:

-Autoanálisis. 

-¿Qué conocimientos tiene Ud. sobre la Orden Bonaria?. 

Prueba 3.-Superada la Prueba 2, se le remitirá la siguiente documentación:

-¿Por qué y para qué solicita su ingreso en la Orden Bonaria?.

-¿Qué espera encontrar y obtener en la Orden Bonaria?.

-¿Qué puede aportar a la Orden Bonaria?.

3.Toda la documentación debe ser escrita de puño y letra por el aspirante, si bien se puede acompañar de texto mecanografiado para facilitar su lectura.

Prueba 4.-Entrevista personal:

Última y definitiva Prueba en el procedimiento de ingreso. Una vez superadas las anteriores Pruebas, se organizará una entrevista en la sede oficial bailial. Dicha entrevista la realizará el Preceptor, y será acompañado de un Caballero o Dama de Justicia elegido entre los pertenecientes al Bailiato por orden de antigüedad. 

Artículo 5.-Conclusión del procedimiento de ingreso 

Una vez terminadas todas las Pruebas antes descritas, el Preceptor emitirá informe escrito en el que recogerá justificadamente sus conclusiones y propuesta final de aceptación o de rechazo del postulante. Dicha propuesta, junto con toda la documentación generada durante el proceso de ingreso, será presentada a S. E. el Bailío quien, a la vista de los informes emitidos, decretará su resolución. 

Artículo 6.-  

1.Si la resolución del proceso de ingreso es positiva, el postulante a Caballero o Dama será admitido con el Grado de Caballero o Dama de Obediencia por el periodo de un     año.  

2.En el periodo del Grado de Obediencia el Postulante no será considerado miembro de pleno derecho de la Orden Bonaria, y si por necesidades operativas del Bailiato ejerciera de Oficial siempre lo hará en funciones.

3.En este año de Obediencia la Preceptoría se encargará de su formación y evaluación, elaborando un programa de enseñanza compuesto de teoría y práctica.

Artículo 7.-

Finalizado dicho periodo de Obediencia, S. E. el Bailío elevará informe al Consejo Magistral para su ingreso en la Orden Bonaria con el Grado que estime justo, o bien su no ingreso.

Articulo 8.-

Las resoluciones dictadas en todo el proceso por S. E. el Bailío serán inapelables y se comunicarán por escrito al postulante a Caballero o Dama por medio de la Preceptoría.

 

 

Disposición final primera 

Queda facultado el Soberano Gran Maestre para adoptar y dictar las instrucciones que considere precisas para el desarrollo y cumplimiento de lo que en este Decreto Bailial se establece.

Disposición final segunda  y última

Quedan derogados cuantos Decretos y Normas anteriores referentes al proceso de ingreso en la Orden Bonaria existan. 

 

 

 

 

A LA SIEMPRE NOBLE Y AUGUSTA ORDEN DE LOS CABALLEROS DE SANTA MARIA DEL BUEN AYRE

ORDEN BONARIA

 

A SU CONSEJO BAILIAL

(ANDALUCÍA)    

 

 

 

 

Plenamente informado e instruido sobre los principios y finalidades de la Orden Bonaria, tengo el honor de solicitar ser admitido por el Muy Augusto Bailiato de Andalucía, comprometiéndome a observar los deberes impuestos por sus normas y reglamentos.

 

 

En ejecución de los mismos, Adjunto mi curriculum vitae y las fotografías.

 

Con todo respeto,

 

 

En la ciudad de,                                 a       de                    del año del Señor de 200  . 

 

 

Nombre completo y firma

 

 

 

Orden Bonaria. Bailiato de Andalucía. Preceptoría

 

¿QUÉ PUEDE APORTAR A LA ORDEN BONARIA?

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fecha:

Nombre completo y firma del postulante:

 

 

 

 

 

                                                                

 

 

Orden Bonaria. Bailiato de Andalucía. Preceptoría

 

 

¿QUÉ ESPERA ENCONTRAR Y OBTENER EN LA ORDEN BONARIA?

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fecha:

Nombre completo y firma del postulante:

                                                                        

 

 

   

 

 

 

Orden Bonaria. Bailiato de Andalucía. Preceptoría

 

 

¿QUÉ CONOCIMIENTOS TIENE UD. SOBRE LA ORDEN BONARIA?

(No se trata de explicar la historia de la Orden, sino la fuente de sus conocimientos)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fecha:

Nombre completo y firma del postulante:

 

 

 

 

 

 

 

Orden Bonaria. Bailiato de Andalucía. Preceptoría

 

 

¿POR QUÉ Y PARA QUÉ SOLICITA SU INGRESO EN LA ORDEN BONARIA?

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fecha:

Nombre completo y firma del postulante:

 

 

Orden Bonaria. Bailiato de Andalucía. Preceptoría

 

 

 

MODELO DE CURRICULUM VITAE

 

Deben constar los siguientes datos:

 

1.-Nombre y apellidos completos.

2.-Dirección personal y profesional, teléfono, fax, e-mail, etc.

3.-Fecha y lugar de nacimiento, pueblo, provincia.

4.-Fotocopia del D.N.I.

5.-Religión.

6.-Nombre y apellidos de los padres.

7.-Estado civil.

8.-Nombre completo de la esposa/ esposo.

9.-Hijos y edad de los mismos.

10.-Profesión del postulante. Profesión del cónyuge.

11.-Puestos de trabajo desempeñados y donde.

12.-Títulos y grados profesionales.

13.-Estudios, aficiones literarias y científicas, etc.

14.-Trabajos intelectuales y publicaciones si se han realizado.

15.-Distinciones honoríficas, académicas, profesionales, etc.

16.-Tres fotografías.

17.-Se podrán emplear una o varias hojas, las necesarias.

18.-Fecha y firma completa. 

 

 

 

 

 

 

Orden Bonaria. Bailiato de Andalucía. Preceptoría

 

 

 

AUTOÁNALIS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fecha:

Nombre completo y firma del postulante: