|
Como toda organización funcional, la Orden requiere una jerarquía entre sus miembros al objeto de asegurar un funcionamiento eficaz y eficiente.
Como ya se ha dicho, la Orden se estructura geográficamente por Encomiendas, Bailiatos y Priorato General y, por encima de todos ellos, queda el Gran Magisterio.
Así mismo, dentro de cada Encomienda, Bailiato o Priorato General, así como en el conjunto de la Orden se designarán Caballeros o Damas responsables de los mismos, apoyados por los diversos Consejos que en los artículos siguientes se especifican. Así las jerarquías o cargos de responsabilidad dentro de la Orden son los siguientes:
- Comendador: Caballero o Dama al frente de una Encomienda - Bailío: La Caballero o Dama responsable de los Bailiatos o Bailiazgos - Prior: Es todo aquél responsable de un Priorato General. - Oficial: Además de los anteriores cargos, Oficial es cualquier Caballero o Dama con cargo de responsabilidad en la Orden.
Los cargos citados serán conferidos exclusivamente a los miembros de la Orden. Nunca podrán ser considerados vitalicios y, menos aún, hereditarios, excepto por Decreto Magistral. No obstante lo anterior, se consideran dos dependencias: Jerárquica y funcional.
Por la primera, los miembros de cada Encomienda dependen del Comendador; el conjunto de Encomiendas de cada Bailío; el conjunto de Bailiatos de un Prior y todos los Prioratos Generales del Gran Canciller. Sobre todos ellos se sitúa el Gran Magisterio.
Así mismo los oficiales, esto es los Caballeros o Damas que tengan asignado un cargo, dependerán directamente de su Bailío, de su Prior o del Gran Canciller.
Sin embargo, a efectos funcionales, esto es desde el punto de vista de organización de los trabajos, establecimiento de procedimientos internos, etc. la dependencia se establece por semejanza nominativa con la única excepción de los Cancilleres. Quiere esto decir, por ejemplo, que los Preceptores de Bailiatos y Prioratos Generales estarán a lo dispuesto por el Preceptor Magistral en el área de sus competencias.
Lo mismo ocurrirá con Maestros de Ceremonias, Secretarios y Capellanes.
Los Cancilleres Priorales y Bailiales dependerán del Gran Prior y Administrador del Común Tesoro.
Del Gran Canciller dependerán directamente los Priores y los Oficiales Magistrales, mientras que los Bailíos dependerán del Prior titular del país en que se ubique su Bailiato y los Comendadores de sus Bailíos respectivos. |
|